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TIPNIS y la consulta anunciada


La marcha de protesta de los indígenas de tierras bajas ha provocado que las autoridades y su partido echen mano a recursos innobles para minimizar y descalificar a las personas que hasta hace muy poco eran utilizadas para mostrar al mundo cuán plurimulti somos los bolivianos. Ahora son traidores, vendidos, corruptos, salvajes, ignorantes, mentirosos, impostores y cuanto adjetivo sirva para degradarles en su dignidad, tanto que el mismísimo Presidente Evo Morales se mofa del sacrificio de hombres, mujeres, ancianos/as, niños y niñas indicando que más parece “una excursión donde comen mejor que en su casa”.

Felizmente en el país todavía existen personas con sentido crítico y si hasta hace muy poco eran indiferentes, ahora se solidarizan con los/as marchistas. Ante ese efecto no deseado de las acciones del Ejecutivo, el Presidente plantea una nueva estrategia distraccionista y contraria a los art. 2 y 30 de la Constitución Política del Estado los compromisos adquiridos por el Estado ante la comunidad internacional: convocar a consulta a todos los que habitan el TIPNIS cuando bien sabemos que no todos son originarios amazónicos, la presencia de campesinos de los valles y el altiplano en el TIPNIS es de data reciente y responde al estímulo de la rentabilidad de la coca, por tanto, no cumplen con la exigencia de la existencia pre-colonial de los pueblos indígenas y su dominio ancestral sobre sus territorios.

La demanda de los pueblos indígenas originarios del TIPNIS tiene base legal en la Constitución Política del Estado, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de los Pueblos Indígenas de la ONU que coincidentemente y con toda claridad reconocen el derecho a la propiedad de la tierra, el territorio y los recursos naturales que tradicionalmente han poseído y ocupado, así como a la participación y a la consulta en las decisiones que afecten sus derechos. Por tanto, aunque no les guste a las autoridades y a los cocaleros, los pueblos indígenas originarios deben ser consultados por el Estado antes de que adopte o aplique leyes que les puedan afectar directamente; antes de que se apruebe cualquier proyecto que afecte sus tierras o territorios; antes de autorizar o emprender cualquier programa de prospección o explotación de los recursos naturales que se encuentren en las tierras donde habitan (Convenio de la OIT, arts. 6.1 y 15.2, Declaración Universal de los Pueblos Indígenas art.19 y 32.2)

Finalmente cabe recordar que la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados dispone que todo tratado en vigor, obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe. Cuidado que vamos camino a ser considerados Estado marginal que no honra sus compromisos.

 

Julieta Montaño S.


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